Artículo 10 · Ley 769 de 2002
Sistema integrado de información sobre las multas y sanciones por infracciones de tránsito
- Título de la ley
- Título I · Disposiciones generales
- Fuente
- Texto oficial
Con el propósito de contribuir al mejoramiento de los ingresos de los municipios, se autoriza a la Federación Colombiana de Municipios para implementar y mantener actualizado a nivel nacional, un sistema integrado de información sobre las multas y sanciones por infracciones de tránsito (SIMIT), por lo cual percibirá el 10% por la administración del sistema cuando se cancele el valor adeudado.
En ningún caso podrá ser inferior a medio salario mínimo diario legal vigente.
Parágrafo
<Apartes tachados INEXEQUIBLES> En todas las dependencias de los organismos de tránsito y transportes de las entidades territoriales existirá una sede del SIMIT o en aquellas donde la Federación lo considere necesario , con el fin de obtener la información para el consolidado nacional y para garantizar que no se efectúe ningún trámite de los que son competencia de los organismos de tránsito en donde se encuentre involucrado el infractor en cualquier calidad, si éste no se encuentra a paz y salvo.