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Artículo 65 · Ley 769 de 2002

Utilización de la señal de parqueo

Título de la ley
Título III · Normas de comportamiento

Todo conductor, al detener su vehículo en la vía pública, deberá utilizar la señal luminosa intermitente que corresponda, orillarse al lado derecho de la vía y no efectuar maniobras que pongan en peligro a las personas o a otros vehículos.