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Artículo 83 · Ley 769 de 2002

Prohibición de llevar pasajeros en la parte exterior del vehículo

Título de la ley
Título III · Normas de comportamiento

Ningún vehículo podrá llevar pasajeros en su parte exterior, o fuera de la cabina, salvo aquellos que por su naturaleza así lo requieran, tales como los vehículos de atención de incendios y recolección de basuras.

No se permite la movilización de pasajeros en los estribos de los vehículos.