Artículo 83 · Ley 769 de 2002
Prohibición de llevar pasajeros en la parte exterior del vehículo
- Título de la ley
- Título III · Normas de comportamiento
- Fuente
- Texto oficial
Ningún vehículo podrá llevar pasajeros en su parte exterior, o fuera de la cabina, salvo aquellos que por su naturaleza así lo requieran, tales como los vehículos de atención de incendios y recolección de basuras.
No se permite la movilización de pasajeros en los estribos de los vehículos.