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Infracción C25 · Tipo C

Transitar sin atender alguna de las siguientes reglas

$ 633.111valor 2026 · 52,28 UVB
Código
C25
Inmovilización
No
Aplica a
Conductor y/o propietario de vehículo automotor

Qué dice la norma

Transitar sin atender alguna de las siguientes reglas:

  • a)Cuando hubiere más de un carril, por el carril izquierdo de la vía a velocidad que entorpezca el tránsito de los demás vehículos
  • b)En una vía de sentido único de tránsito, con velocidad reglamentada para sus carriles, los vehículos utilizarán el carril de acuerdo con su velocidad de marcha
  • c)En una vía de sentido único de tránsito, donde los carriles no tengan reglamentada su velocidad, los vehículos transitarán por el carril derecho y los demás carriles se emplearán para maniobras de adelantamiento
  • d)En una vía de doble sentido de tránsito con dos (2) carriles. El vehículo deberá transitar por el carril de su derecha y utilizar con precaución el carril de su izquierda para maniobras de adelantamiento y respetar siempre la señalización respectiva
  • e)En una vía de doble sentido de tránsito con tres (3) carriles. Los vehículos deberán transitar por los carriles extremos que queden a su derecha; el carril central sólo se utilizará en el sentido que señale la autoridad competente
  • f)En una vía de doble sentido de tránsito con cuatro (4) carriles. Los carriles exteriores se utilizarán para el tránsito ordinario de vehículos, y los interiores, para maniobras de adelantamiento o para circular a mayores velocidades dentro de los límites establecidos.

Valor oficial de referencia. Las reducciones por pronto pago y otros conceptos pueden cambiar el total a pagar. Circular oficial.

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