Infracción J02 · Tipo J
En caso de inmovilización de vehículos de servicio público
Consulta el valor vigente en la tabla oficial.
- Código
- J02
- Inmovilización
- Sí, puede inmovilizarse el vehículo
- Aplica a
- Propietario o infractor de vehículo de servicio público
Qué dice la norma
En caso de inmovilización de vehículos de servicio público, el incumplimiento del compromiso suscrito por el propietario o infractor de subsanar la falta en un plazo no mayor a cinco (5) días, dará lugar a una multa de veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes a cargo del propietario.
Equivalencia SMLMV→SMLDV→UVB basada en Ley 2294 de 2023, art. 313.
Valor oficial de referencia. Las reducciones por pronto pago y otros conceptos pueden cambiar el total a pagar. Circular oficial.
Artículos del Código relacionados
Otras infracciones tipo J
- J01El particular u organismo estatal que dañe, retire o modifique las señales u otros elementos…
- J03Serán sancionados con multa equivalente a mil (1.000) salarios mínimos legales diarios vigentes por…
- J04Será sancionado con multa equivalente a cien (100) salarios mínimos legales diarios vigentes el…
- J05El propietario o administrador del parqueadero autorizado para materializar la inmovilización de un…
- J06El propietario o administrador del parqueadero autorizado que no entregue los elementos contenidos…