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Señal de tránsito: Velocidad mínima permitida

SR-30A · Reglamentaria

Señal Velocidad mínima permitida

Código oficial
SR-30A
Tipo
Señales reglamentarias

¿Qué significa?

car la VELOCIDAD MÍNIMA PERMITIDA de 30 km/h. Esta señal se emplea para notificar a los conductores la velocidad mínima a la que se puede circular, expresada en múltiplos de 10 y en km/h, con el fin de impedir que se con- 11. Artículos 106 y 107 de la Ley 769 de 2002. Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones; modificados por los Artículos 12 y 13 de la Ley 2251 de 2022. Por la cual se dictan normas para el diseño e implementación de la política de seguridad vial con enfoque de sistema seguro y se dictan otras disposiciones -Ley Julián Esteban.

Indican prohibiciones, restricciones u obligaciones. No cumplirlas es una infracción.

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