Señal de tránsito: Altura máxima permitida

SR-32 · Reglamentaria

Señal Altura máxima permitida

Código oficial
SR-32
Tipo
Señales reglamentarias

¿Qué significa?

Esta señal se emplea para notificar a los conductores la altura máxima total permitida a los vehículos con su carga, para la circulación segura por la vía. Debe expresarse en metros y aproximarse a la décima inferior; por ejemplo, 4,55 m se indica en la señal 4,50 m.

Debe ser complementada con la señal SP-50 –ALTURA LIBRE (X-xx)– y ser concordante con la dimensión expresada en esta.

Cuando la altura libre sea menor a 4,30 m, siempre debe instalarse la señal. Esta señal se ubicará antes de la alternativa de desvío más próxima a la situación reglamentada y se repetirá en el sitio mismo de la restricción.

Indican prohibiciones, restricciones u obligaciones. No cumplirlas es una infracción.

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