Artículo 166 · Ley 769 de 2002
Vidrios oscuros
- Título de la ley
- Título IV · Sanciones y procedimientos
- Fuente
- Texto oficial
El Ministerio de Transporte definirá lo atinente a la circulación de vehículos que posean vidrios oscuros de fabricación.
Artículo 166 · Ley 769 de 2002
El Ministerio de Transporte definirá lo atinente a la circulación de vehículos que posean vidrios oscuros de fabricación.