Artículo 32 · Ley 769 de 2002
Condiciones de la carga
- Título de la ley
- Título II · Régimen nacional de tránsito
- Fuente
- Texto oficial
La carga de un vehículo debe estar debidamente empacada, rotulada, embalada y cubierta conforme a la normatividad técnica nacional cuando esta aplique, de acuerdo con las exigencias propias de su naturaleza, de manera que cumpla con las medidas de seguridad vial y la normatividad ambiental.
Los contenedores deberán llevar dispositivos especiales de sujeción, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte.