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Artículo 50 · Ley 769 de 2002

Condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad

Título de la ley
Título II · Régimen nacional de tránsito

<Artículo modificado por el artículo 10 de la Ley 1383 de 2010. El nuevo texto es el siguiente:>

Por razones de seguridad vial y de protección al ambiente, el propietario o tenedor del vehículo de placas nacionales o extranjeras, que transite por el territorio nacional, tendrá la obligación de mantenerlo en óptimas condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad.