Código Nacional de Tránsito
La Ley 769 de 2002 artículo por artículo, explicada para consultar rápido y con su fuente oficial.
Título IV · Sanciones y procedimientos
Artículo 166 · Título IV
Vidrios oscuros
El Ministerio de Transporte definirá lo atinente a la circulación de vehículos que posean vidrios oscuros de fabricación.
Leer artículoArtículo 167 · Título IV
Vehículos inmovilizados por orden judicial
Los vehículos que sean inmovilizados por orden judicial deberán llevarse a parqueaderos cuya responsabilidad será de la Dirección Ejecutiva…
Leer artículoArtículo 168 · Título IV
Tarifas que fijarán los concejos
Los ingresos por concepto de derechos de tránsito solamente podrán cobrarse de acuerdo con las tarifas que fijen los Concejos. Las tarifas…
Leer artículoArtículo 169 · Título IV
Sobretasa a los trámites de tránsito
Ninguna entidad pública podrá cobrar sobretasas a los trámites de tránsito salvo autorización legal de acuerdo con el artículo 338 de la Co…
Leer artículoArtículo 170 · Título IV
Vigencia
El presente código empezará a regir transcurridos tres (3) meses contados a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que…
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