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B0230.93 UVB

Conducir un vehículo con la licencia de conducción vencida, de acuerdo a los siguientes casos: a) El conductor de servicio público que no refrende su licencia de conducción cada tr

Descripción

Conducir un vehículo con la licencia de conducción vencida, de acuerdo a los siguientes casos: a) El conductor de servicio público que no refrende su licencia de conducción cada tres (3) años; b) El conductor de servicio público mayor de sesenta años (60) que no refrende su licencia de conducción anualmente; c) El conductor de servicio diferente al público que a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, no refrende su licencia de conducción cada tres (3) años; d) El conductor de servicio diferente al público, que no refrende su licencia de conducción cada cinco (5) años.

Aplica a: Conductor y/o propietario de vehículo automotor

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Equivalencia UVB basada en Ley 2294 de 2023, art. 313.